Estructura obligacional tributaria, elementos y función en la normativa fiscal

 

Estructura obligacional tributaria


La Obligación Tributaria es el enlace jurídico entre el Poder Público y los sujetos pasivos, cuando estos deben pagar una cantidad de dinero por  tributos al ocurrir un supuesto de hecho contemplado en la Ley. Está obligación surge como consecuencia de la necesidad de pagar tributos para el sostenimiento de los gastos del Estado. 

La Obligación Tributaria está conformada por un conjunto de elementos, los cuales son:

  • Sujeto Activo: Se identifica como el ente publico acreedor del tributo, es quien tiene la potestad para crear normas jurídicas, además de la obligación de velar por el cobro de los distintos impuestos. 
  • Sujeto Pasivo:  Es todo aquel que deberá cumplir con las obligaciones tributarias, es decir, es el encargado de hacer el pago de los tributos. Este sujeto a su vez puede ser un Contribuyente (encargado de pagar su propia deuda) o Responsable (encargado de pagar deuda ajena). 
  • Los sustitutos: Se refiere al único obligado frente al fisco por las obligaciones y deberes que se originen por el acaecimiento del presupuesto de hecho. 
  • Deudores solidarios o codeudores: Son personas extrañas a la relación jurídica tributaria entre el publico y el contribuyente debidamente facultado para retener o percibir el importe correspondiente. 
  • Hecho imponible: Son las acciones que dan origen a la obligación de pagar un impuesto. 
  • Materia imponible: Viene a ser los productos, bienes y servicios que son objetivos de un gravamen y puede comprender una gran variedad de categorías y especies.
  • Base imponible: Es la base de medición de tributos.


Las causas de liberación del deudor, el cual tiene derecho a que le reconozcan el cumplimiento de la obligación, por consiguiente, según el Código Orgánico Tributario en su Artículo 39, contemplado en Gaceta Oficial N°6.152 (2014) hace referencia que “La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios comunes: Pago, Compensación, Confusión, Remisión y Declaratoria de incobrabilidad.”



En estas causas, se encuentran:

  • Pago: Se efectuará por el Contribuyente o el Responsable en el lugar y fecha que la Ley indique.
  • Compensación: Es aquella que extingue los créditos líquidos y cobrables del sujeto pasivo con las deudas tributarias que tengan los mismos conceptos.
  • Confusión: Esta ocurre cuando el acreedor y deudor se agrupan en una misma persona.
  • Remisión: Sucede cuando el sujeto activo renuncia a su derecho de solicitar el pago del crédito.
  • Declaratoria de incobrabilidad: Es el momento cuando se declara a las obligaciones tributarias como irrecuperables.

Referencias Bibliográficas 

Código Orgánico Tributario [COT]. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°6.152 de 2.014. Arts. 13, 22, 25, 36 y 39. 18 de noviembre de 2014 (Venezuela).

Estructura Obligacional Tributaria Venezolana. (2016, octubre 9). Youtube. https://www.youtube.com/watch?v=Ot6Gysr4Kw8

       Universidad Rafael Belloso Chacín. (2008). La Obligación y Administración Tributaria. En Derecho Financiero y Tributario (pp. 35–42).

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